DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA SEXTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en los artículos 437, 447, 448, 449 y 450 todos del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ABG. RAMON YGNACIO LOPEZ MARCANO, en su condición de Defensor Público Segundo adscrito a la Unidad de Defensa Pública de este Circuito Judicial Penal, en representación del ciudadano SOUSA VIELMA JUAN RAMON, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 48 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 26 de junio de 2009, mediante la cual acordó Medida Judicial Privativa de Libertad, en contra del referido ciudadano.
Regístrese, diaricese y publíquese.
LA JUEZA PRESIDENTA
DRA. GLORIA PINHO
JUEZA INTEGRANTE JUEZA INTE.....