DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente descrito esta Sala de la Corte de Apelaciones, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ABG. MARIA T. PERDOMO AZUAJE, Defensora Pública Quincuagésima Tercera, en representación del ciudadano PIMENTEL BRACAMONTE YOSMEL ALFREDO, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 25 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 7 de abril de 2009, mediante la cual acordó Medida Privativa de Libertad en contra del referido ciudadano Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese, publíquese, diaricese y notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRESIDENTA
DRA. GLORIA PINHO
LA JUEZA INTEGRANTE LA JUEZA INTEGRANTE
(PONENTE)
DRA. PATRICIA MONTIEL MADERO DRA. MERLY MORALES
LA SECRETARIA
ABG. YOLEY DEL CARMEN CABRILES
CAUSA N° 2573.....