DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 3 de octubre de 2014, por el profesional del derecho MAXIMILIANO VASQUEZ RONDON, en su carácter de defensor privado del ciudadano JOSE RAFAEL SILVA DUARTE, en contra de la decisión dictada el 26 de septiembre del 2014, por el Juzgado Quincuagésimo Primero (51º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual "...decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano JOSE RAFAEL SILVA DUARTE, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO,. Previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Código Pena.....