Por las razones antes expuestas, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1. Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARTHA C. LOPEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 55.981, quien actúa en su condición de defensora del ciudadano GUILLERMO SOTO FIGUEROA, titular de la cedula de identidad número V-24.209.518, contra el pronunciamiento dictado el 12 de agosto del 2014, por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia Municipal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en el desarrollo de la audiencia preliminar mediante la cual admitió como medio de prueba ofrecida por el Ministerio Publico, el resultado del examen médico legal practicado a la víctima.
2. Se REVOCA el pronunciamiento "SEGUNDO" dictado con ocasión a la r.....