Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Abogado JOSE ANTONIO ZERPA PEROZA, en su carácter de Fiscal Provisorio en la Fiscalía Décima Octava a Nivel Nacional con competencia en materia de Derecho de Autor, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 17 de octubre de 2006, en consecuencia, se ANULA, dicho dictamen judicial y se ORDENA a que otro Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control, distinto al que conoció la presente causa se pronuncie sobre la excepción opuesta por el Representante de la Vindicta Pública y conozca de las presentes actuaciones. Y ASÍ DE DECIDE.