esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Inhibición planteada, por la Juez Décima Quinta de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, Dra. RENNEE MOROS TROCCOLI, con fundamento en el numeral 8° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, de seguir conociendo la causa signada bajo el N° 15C-10075-07, nomenclatura utilizada por el identificado Despacho, seguida a la ciudadana MARIA ANTONIETTA ARRIECHI FONSECA.