ESTA SALA 7 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos JOSE JOEL GOMEZ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 57.049, en su condición de defensor de los ciudadanos ANDRES ALIRIO ROMERO y JOSE MIGUEL ROMERO RAMIREZ, con fundamento en el artículo 447 numeral 7 (sic) del Código Orgánico Procesal Penal y JUAN PABLO GARCIA y LISBETH PERUGINI AMARO, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.013 y 58.544, respectivamente, en su condición de defensores del ciudadano GUILLERMO USTARIZ CHIQUILLO, con fundamento en el artículo 447 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, estrictamente con respecto a la omisión de pronunciamiento sobre la resolución de las excepciones opuestas y demás.....