esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano FRANCISCO RUIZ MAJANO, en su carácter de Defensor Público Nonagésimo Sexto (96º) Penal del Área Metropolitana de Caracas actuando como defensor del ciudadano WILMAN CORTÉS VILLALOBOS, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 13 de abril de 2009, mediante la cual condenó al referido ciudadano a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en relación con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en consecuencia anula el fallo impugnado, .....