DECISION
Por las razones antes expuestas, ESTA SALA 7 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas ARACELYS SALAS VISO y LISETHLOTE ALEXANDRA MORENO PINEDA, abogadas en ejercicio, de este domicilio e inscritas en el Inpreabogado bajo los números 20.462 y 56.485, respectivamente, actuando en su condición de defensoras del ciudadano ALEJANDRO MARQUEZ DELGADO, titular de la cedula de identidad Nº V-7.445.127, con fundamento en el artículo 447 numeral 7 en relación con el cuarto aparte del artículo 196, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 27 de enero de 2012, mediante la cual declaro.....