En base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 06 de agosto de 2007, por las ciudadanas ANA LUCIA CHACON MOLINA, WILDA ANAID CORDERO PEREZ y DORIS ARACELYS ARTEAGA DOMINGUEZ, abogados en ejercicio e inscritas en el inpreabogado Nros 76.958, 42.317 y 54.419 (respectivamente), en su condición de Defensoras de los ciudadanos PEDRO JOSE GOMEZ RUIZ y JOSE RAMON MACHADO VILLARROEL, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de julio de 2007, por la Dra. KARLA TORRES LARA, Juez Trigésimo Tercero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad de los referidos ciudadanos, quienes se encuentr.....