DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Sala N° 8, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abg. JOSE JOEL GOMEZ CORDERO, en representación de los ciudadanos RONALD ALEXANDER ESTRADA MARIN, RAFAEL ALEJANDRO ESTRADA HERRERA y RONALD ALEJANDRO ESTRADA HERRERA, en contra de la decisión dictada el 11 de enero de 2009, por el Tribunal Trigésimo Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual Decretó Medida Privativa de Libertad, en contra de los ciudadanos RONALD ALEXANDER ESTRADA MARIN, RAFAEL ALEJANDRO ESTRADA HERRERA y RONALD ALEJANDRO ESTRADA HERRERA.
SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada, dictada el día 11 de en.....