DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado William Enrique Santamaría Colmenares, en su condición de Defensor de los imputados Rubén Darío Jiménez y Edward Jesús Abreu García, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 6 de mayo del 2007, mediante la cual dictó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra de sus defendidos; de conformidad con lo establecido en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3, 251, numerales 2 y 3, 252, en concordancia con lo establecido en el 254, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Confirma la decisión dictada por el Juzgado Décimo.....