PRIMERO: Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por abogado Hugo Prieto, en su condición de Defensor de los imputados Antonio Valera Ramírez y Yeison Raúl Pérez, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Séptimo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de octubre de 2008, mediante la cual dictó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra de sus defendidos.
SEGUNDO: Queda así confirmada la decisión recurrida.