DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin Lugar, los recursos de Apelación interpuestos por los ciudadanos Abogados ANDRÉS ALFREDO PUGA, en su carácter de Defensor del ciudadano JORGE ALBERTO PÉREZ DÍAZ; ROMMEL PUGA, en su carácter de Defensor del ciudadano FREDDY RAFAEL BAEZ BOLÍVAR; y, DORIS GONZALEZ y MAGALY MAKHOUL NOMEH, en su carácter de Defensoras de los ciudadanos JUAN LUIS ARAUJO y HOMERO ENRIQUE MARTINEZ OMAÑA.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 18 de abril de 2007, por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual Decretó Medida Judicial Preventiva de Libertad, a los ciudadanos.....