PRIMERO: Declara sin lugar la pretensión formulada en el recurso de apelación interpuesto el 16-1-2007 por los Abgs. ROGER JOSE LOPEZ MENDOZA e IGOR HERNANDEZ BRACHO, Defensores de JORGE LUIS LUZON, relativa a que se decretara la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano.
SEGUNDO: Confirma la medida judicial de privación preventiva de libertad dictada en perjuicio de JORGE LUIS LUZON, por la comisión de los delitos de violación y privación ilegítima de libertad, modificándose la precalificación jurídica de ocultamiento de arma de fuego a porte ilícito de arma de fuego.