V
DECISIÓN
Con fuerza en los razonamientos que anteceden esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ TOMAS GRAFF, defensor privado del ciudadano FRANCISCO JAVIER MARTINEZ ARRECHEDERA y, en consecuencia, CONFIRMA la decisión dictada el 1° de octubre del año que discurre, por el Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Control de Primera Instancia de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida privativa preventiva de libertad al referido ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de Violación Agravada y Trato Cruel, previsto y sancionado en el artículo 376, numeral 1 del entonces vigente Código Penal, y 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese, publíquese y diarícese.