D I S P O S I T I V A
A la luz de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Sala N° 8, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada JUDTIH ALFONZO CARREÑO, en representación de la Defensa del ciudadano JUAN MIGUEL LÓPEZ GRANADOS;
SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia, en funciones de Ejecución N° 09 del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de julio de 2008, en la causa seguida al antes mencionado ciudadano; y,
TERCERO: ORDENA la práctica de un nuevo computo, que reforme el anterior, con prescindencia del error advertido.