D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Nueve (9º) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana INGRID LÓPEZ BOSCAN, en su carácter de Fiscal Cuadragésima Novena (49º) del Ministerio Público, en contra de la decisión de fecha 12 de julio de 2007, por el Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia en Funciones de Control, donde se dictó decisión imponiendo la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del justiciable ANTONIO DI BELLO DI BELLO. En razón de la presente decisión se REVOCA el pronunciamiento dedicado a la imposición a las Medidas Cautelares contempladas en los ordinales 3º y 4º del artículo 256 del Código Adjetivo Penal,. En consecuencia se ORDENA al Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia en Funcion.....