administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado Orlando Navarro, en su carácter de defensor del ciudadano ADANILO DE AVILA SAN MARTIN. SEGUNDO: Confirma la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Primera Instancia Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, de fecha 9 de agosto de 2006, mediante la cual decretó la Medida Judicial Preventiva de Libertad contra el mencionado ciudadano, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, ordinales 1°, 2° y 3°, 251, ordinales 2° y 3°, parágrafo primero; ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.