Vista la Inhibición planteada por el Dr. LEO A. RODRÍGUEZ ROJAS, en su carácter de Juez Vigésimo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en el artículo 86, numeral 7° en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra el ciudadano DARWIN MICHAEL ZAMBRANO COLMENARES, signada bajo el N° 20.320-05 (nomenclatura del Juzgado en mención); y, por cuanto en ella se expresan los motivos en que se funda y fue propuesta en la oportunidad legal correspondiente, se declara ADMISIBLE la mencionada inhibición, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 96 del texto adjetivo penal.