Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados NUMA A. CHIQUITO CH. y JIMMY A BUYSSE, Defensores del ciudadano LUIS ANTONIO PARRA RODRIGUEZ, y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de enero de 2010, en virtud de la cual, decretó medida privativa de libertad al mencionado ciudadano por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Calificado en la Ejecución del Robo y Lesiones Genéricas, previstos y sancionados en los artículos 406.1 y 413, ambos del Código Penal; de conformidad con los artículos 250 ordinales 1º, 2º y 3º, 251 numeral 3º y parágrafo primero y 252 en sus dos numerales, todos del Código Orgánico Procesal Penal.