Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSE LUIS GAÑAN BASTIDAS, Defensor Privado de las ciudadanas LAILA COROMOTO MORALES MAZZAOUI Y MARIA EUGENIA DEL VALLE MAGO ANUEL, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de marzo de 2010, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a las prenombradas ciudadanas, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 en sus tres numerales, 251 numerales 1°, 2°, 3° y 4°, 252 numerales 1° y 2° y 253, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Ejercicio de Actividades de Seguros Sin la Debida Autorización por el Ejecutivo, previsto y sancionado en el artículo 185, en relación con los artículos 2, 3 y 5 y parágrafo primero, todos de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, Asociación Para Delinquir, previsto y sancionado en el artí.....