DECLARA SIN LUGAR, la Inhibición planteada por el DR. RODOLFO ROMERO ZAMBRANO, en su condición de Juez, a cargo del Juzgado número veintiocho (28) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, fundamentada en el numeral 8 del Artículo 86 y el Artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, instaurada con el objeto del trámite legal ordenado, para apartarse debidamente del conocimiento de la causa distinguida bajo el Nº 28J-384.08 de la nomenclatura utilizada por ese Juzgado, actualmente a su cargo y ante el cual cursa ese asunto penal, contentivo de las actuaciones correspondientes al proceso, que se sigue a los ciudadanos CARLOS SEVIRA GÓMEZ, WILLIAMS UZCÁTEGUI CAZANO y ANGEL WALTER PRATO DÍAZ, en contra de quienes, el Dr. ESPARTACO MARTÍNEZ, actuando en representación de la Fiscalía del Ministerio Público número ciento veintisiete (127) interpusiera la ACUSACIÓN PENAL, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDI.....