Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano RONALD MARTIN LORO HIDALGO, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número, en su condición de defensor de los ciudadanos ANGEL ELIAS DUNO PEÑA y DAYAN ROMERO GOMEZ con fundamento en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra el pronunciamiento Cuarto de la decisión dictada en fecha 16 de Enero de 2012, por el Juzgado Quincuagésimo Primero (51°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó Medida de Privanción Judicial Preventiva de Libertad contra los referidos ciudadanos por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES I.....