DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, acuerda lo siguiente: se revoca la Medida de Seguridad decretada en contra del ciudadano INOCENTE LEON, en fecha 02 de Enero de 2008, por parte de la Fiscalía Vigésima Novena (29°) del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, es por lo que el prenombrado ciudadano podrá volver a su hogar ubicado en RESIDENCIA COLINA 3, PISO 6, APARTAMENTO 63, LOMAS DEL AVILA, PALO VERDE. Municipio Sucre del estado Miranda, Junto a su esposa e hijos.