Concede un lapso de NOVENTA (90) días continuos a partir del día de hoy a los fines de que el Representante del Ministerio Público en las presentes actuaciones, presente el acto conclusivo correspondiente de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual vence el día 27 de Febrero del año 2008, en razón que considera compleja la investigación y se requieren de diligencias ya ordenadas por practicar por el Ministerio Público, solicitadas por la defensa del imputado y de otras que resulten de aquellas que se recaben y aporten datos conviccionales para ambas partes, conforme lo establecido en el artículo 280, en relación con el artículo 13 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente se declaró cerrada la Audiencia, siendo las 10:50 horas de la mañana, quedan las partes notificadas con la lectura de la presente Acta, del resultado de la presente audiencia y de la resolución judicial dictada de manera fundada en su presencia al térmi.....