En consecuencia de ello, este Tribunal DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano ENMANUEL JESÚS CASTILLO GÓMEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 18 años de edad, nacido en fecha 21-11-1989, estado civil soltero, hijo de YOLIMAR GÓMEZ (v), y IGNACIO DEL OYOLA CASTILLO (V) profesión u oficio labora en una agropecuaria, domiciliado en Urbanización Colinas de Cúa, Calle santa Bárbara, Casa N° 61, Cúa estado Miranda, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.596.612, por la presunta comisión del delito de DELITO DE TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍUCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 7 en concordancia con numerales 1 Y 2 de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, todo ello de conformidad con lo pautado en los artículos 250 ordinales 1º, 2º y 3º, 251 ordinales 1° Y 2º y parágrafo primero, 252 ordinal 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
EL JUEZ,
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JAVIER TORO.....