Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia en lo Penal con funciones de Control del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano DIAZ PADRON WILLIAM ALFREDO, indocumentado, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de estado civil soltero, de profesión u oficio Carpintero, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.