DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta lo siguiente PRIMERO: se declara SIN LUGAR la solicitud presentada por el ciudadano DEFENSOR PUBLICO 89° PENAL. DR. DUQUE GUERRERO JUAN, en su carácter de DEFENSOR, del ciudadano GUERRERO MORENO JOSE GREGORIO, toda vez que es el imputado quien debe solicitar se le otorgue un plazo prudencial, al Ministerio Publico para la conclusión de la investigación. Es todo, Cúmplase.
LA JUEZA
DRA. TAYRY MENDEZ.
LA SECRETARIA
ABG. ETEL POLO.
En esta misma fecha, se dio fiel cumplimiento a lo acordado en el presente auto.
LA SECRETARIA
ABG. ETEL POLO.
TM/D¿ daall
EXP. N°9777-07