Por lo anteriormente expuesto, el Juez Cuadragésimo Quinto del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en Función Control, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad que la ley le confiere, DECRETA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD contra de la ciudadana YULMARY CRISTINA VARGAS BARRIOS, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, residenciada en UD-2, Zona Central B, Terraza 10, casa N° 2, bajando las escaleras, Caracas y titular de la cédula de identidad Nº 12.613.83, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1º, 2º y 3º, así como los artículos 251, numeral 2º y 3º, y parágrafo primero y artículo 252, numeral 2º todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE EXPRESAMENTE .