Ahora bien, a los fines de ejercer un control judicial efectivo sobre la fase de la investigaciòn, tal como lo demanda el artciulo 282 del Codigo Organico Procvesal Penal, quien aqui decide, considera lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES y ordenar el CESE DE LAS MEDIDAS DE COERCION PERSONAL que pesa sobre el ciudadano BOGADO ARANGUREN WILLIANS, ello de conformidad con lo establecido en el ultimo aparte del articulo 314 del codigo Organico Procesal Penal. en consecuencia notifiquese a la defensa, inscirbase la respectiva nota en el libro de presentaciones de este Tribunal y remitase el presente cuaderno especial a la fiscalia (120º) del Ministerio Publico a Nivel Nacional, para que sea agregado a las actuaciones originales y asi valga como notificaciòn a èste. Cumplase.