PRIMERO: se acuerda que las presentes actuaciones se sigan por la vía del procedimiento ordinario, por cuanto faltan diversas diligencias que practicar para el total esclarecimientos de los hechos. SEGUNDO: Se acoge la precalificación dada a los hechos por el Ministerio Publico el cual encuadro en la presunta comisión del delito de LESIONES PESONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en agravio del ciudadano LUIS EDUARDO PEÑA SALAZAR. TERCERO: Este Tribunal vista la solicitud del Ministerio Publico en el sentido que se acuerde al ciudadano FREDDY ALFONZO ORTEGA GELVEZ, las Medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 ordinales 3, 4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal al estudiar el contenido del acta policial de aprehensión suscrita por funcionarios adscritos a la Comisaría Generalísimo Miranda, de fecha 19-06-2007, observa que los funcionarios dejan constancia de .....