Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de captura librada bajo el oficio Nº 701-08, dirigida al Jefe de la Unidad de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y la boleta de encarcelación Nº 006-08, librada en fecha 25-09-2008 a nombre del acusado ciudadano WILFREDO RAMÓN MARIN MENDOZA titular de la cédula de identidad Nº V-11.196.656, por lo que se acuerda librar oficio al Jefe del Departamento de Aprehensión del Cuerpo de Investigación Científica, Penales y Criminalísticas, así como al Consultor Jurídico del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y al órgano policial apr.....