DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Undécimo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolita de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR, la solicitud proferida por el ciudadano JOSÉ JOEL GOMEZ CORDERO, en su carecer de defensor del ciudadano acusado CARLOS LUIS PEREZ TABORDA, titular de la cédula de identidad Nº 13.885.703, contentiva de la solicitud la concesión de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor de su patrocinado , de conformidad con las precisiones contenidas en los Artículos 244 con relación al los Artículos 256, 264 del Código Orgánico Procesal Penal
y como consecuencia de ello acuerda mantener la Medida Privativa de Libertad.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese de la misma a las partes, incorpórese copia certificada de este fallo en las actuaciones originales. CÚMP.....