PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud formulada por la ciudadana MARINELLA HERNANDEZ ROJAS, Defensor Público Septuagésima Novena (79º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el sentido que se ordene la libertad del acusado CARLOS JULIO GELVIS VARGAS, por el decaimiento de la medida de coerción personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: ORDENA requerir información a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sobre los peritajes ordenados por éste Despacho, los cuales deberán ser remitidos en un lapso no mayor de setenta y dos (72) horas.-