Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad impuesta al ciudadano JHON KRISTHOPHER RUIZ VAAMONDE, conforme al artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en fecha 21 de Marzo de 2005; ello conforme al artículo 262 ordinales 2° y 3° Ejusdem.-
SEGUNDO: ACUERDA LIBRAR ORDEN JUDICIAL DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano JHON KRISTHOPHER RUIZ VAAMONDE, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 17/04/1979, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mensajero, hijo de MARITZA VAAMONDE DE VIVAS (V) y de GILBERTO FERNANDO VIVAS (F), residenciado en Urbanización El Morro, El Llanito.....