Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ANULA el Acto de la Audiencia Preliminar, celebrado el 18 de Abril del 2007, por ante el Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, así como los actos subsiguientes que de la misma dependieren, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 190, 191,195 y 196, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Unidad de Registro y Distribución de Expediente, a fin de que sean enviadas a un Tribunal de Control distinto al que conoció de las presentes actuaciones, en el que una vez celebrada nuevament.....