V
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo en Función de Juicio del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano ANTHONY JOSE ANATO RIVAS, titular de la cedula de identidad Nº V-21.411.650 a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS Y OCHO (8) NESES DE PRISIÓN como autor responsable del delito de ROBO PROPIO, delitos estos previstos y sancionados en los artículos 455 en concordancia con el articulo 264 de la ley Orgánica de Protección al Niño. Niña y adolescente, todo concordante con lo establecido en los artículos 37, 74 ordinal 4ª del Código Penal y el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 364 y 367 ejusdem.
SEGUNDO: Igualmente lo condena a cumplir las penas accesorias .....