Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de devolución de los documentos y del vehículo clase camioneta, marca Jeep, modelo Cherokee, de color verde, año 1999, placas DAZ-43Y, al ciudadano RICHARD LOZADA MUÑOZ