se acuerda librar orden de captura contra el acusado ciudadano JOSÉ RAMÓN DUGARTE PEÑA, de nacionalidad venezolana, natural de Mérida ¿ Estado Mérida, nacido el 27-11-1972, de estado civil soltero, de profesión u oficio comeriante, residenciado en Avenida 3, Calle 19 y 20, Edificio Trujillo, planta baja, apto. 1, Mérida ¿ Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº V-11.461.972, a los fines que el acusado in comento, sea ubicado en el Territorio Nacional y trasladado con carácter de inmediatez a la sede de este Juzgado. Notifíquese a las partes. Líbrese Oficio a la Oficina de Presentación de Imputado así como al Jefe de la Unidad de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con el objeto de informar lo aquí acordado. Asimismo, y a los fines de verificar si el acusado de autos ha fallecido o no, se acuerda librar los oficios correspondientes a los Organismos competentes. Cúmplase...