De los razonamientos anteriormente expuestos, así como a las consideraciones de hecho y de Derecho que han quedado plasmados anteriormente, este Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Constituido como Tribunal Unipersonal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano MIGUEL ALCALA GARCIA, de nacionalidad Venezolano, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio desempleado y Titular de la Cedula de Identidad V.-19.998.965, y residenciado en Altavista, 4ta transversal, Casa Numero 58 , Catia, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por ser penalmente responsable de la perpetración del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO EN GRADO DE COOPERADOR, previst.....