DISPOSITIVA
En virtud de todos los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA LIBERTAD a favor del penado JUAN JOSE BRITO ORTIZ, quien es venezolano, natural del Caracas, de estado civil soltero, nacido en fecha 29-12-1976, de profesión u oficio obrero, hijo de RAÚL BRITO (v) y de ROSA ORTIZ(v), residenciado en Carretera Viejo la Guaira, Kilómetro 5, sector cordillera, casa N° 42, en virtud de haber cumplido con la totalidad de la pena impuesta, quedando solamente sometido a la vigilancia a la autoridad como pena accesoria, la cual culminará en fecha 02 de Mayo de 2007. Y ASÍ SE DECLARA.