Respecto de la oportunidad en la que podrá optar a las fórmulas de cumplimiento de pena contempladas en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal (reformado en el mes de octubre de 2006) y en la Ley de Régimen Penitenciario, es menester destacar, que el penado DANIEL ALFONSO PALMA optará a las mismas así:
La cuarta parte ¼ de la pena impuesta, es de: cinco (05) años y cuatro meses, por lo que el penado de autos, a partir del día (15) de febrero de 2010, podrá optar a la fórmula de cumplimiento de pena como lo es el destino a DESTACAMENTO DE TRABAJO, a faltarle por cumplir, a tales fines un lapso de: DOS (02) AÑOS, TRES (03) MESES y DIEZ (01) DÍAS, sin que ello signifique que sea procedente.-
La tercera parte 1/3 de la pena impuesta, es de: siete (07) años, un (01) mes y diez (10) días, por lo que el penado de autos, a partir desde el día (25) de noviembre de 2011, se encuentra optando a la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO AB.....