DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: DECLARA CON LUGAR, el permiso solicitado a favor del penado GUISEPPE COROMOTO FERERRI FARIÑA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.453.474, y por ende, se le permite transitar por el territorio nacional, en razón de las labores inherentes a la actividad laboral que realiza; queda parcialmente modificada el primer supuesto del punto primero de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y vigente la prohibición contenida en el punto primero de no ausentarse del país, sin autorización previa y por escrita del Tribunal y siguientes, a los fines de su cumplimiento.-
Líbrese oficio a la Coordinación Zonal Nro. 1, de Trat.....