DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo en funciones de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de redención judicial de la pena por trabajo y estudio, formulada en beneficio del penado ELVIS JACKSON MUÑOZ VARGAS, conforme a lo previsto en los artículos 2 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Trabajo y Estudio; por lo que ha redimido siete (7) meses, siete (7) días y doce (12) horas de presidio, y por ende, cumplido de la pena impuesta dos (2) años, ocho (8) meses, dieciséis (16) dias y doce 812) horas de presidio, por lo que condenado a cumplir la pena de cuatro (4) años de presidio, la faltaría por cumplir, un (1) año, tres (3) meses, trece (13) días y doce (12) horas de presidio; por lo que cumplirá la pena impuesta en fecha 26 de Noviembre de 2008, a las doce del mediodí.....