Al penado GARCÍA LANDAETA GILBERTO ENRIQUE titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.713.602, le proceden; previa verificación de los requisitos de Ley y sin que ello indique que sean procedentes:
Destacamento de Trabajo: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar a la Medida al transcurrir UN (01) AÑO Y UN (01) MES, es decir, en fecha 06-09-2008.
Régimen Abierto: La tercera parte de la pena, al transcurrir UN (01 AÑO, CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, es decir, en fecha 16-01-2009.
Libertad Condicional: Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, al transcurrir DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTE (20) DÍAS, es decir, en fecha, 26-06-2010.
La Gracia de Conmutación de pena (CONFINAMIENTO), podrá ser solicitada por el referido penado, una vez que el mismo haya cumplido las tres cuartas partes de la pena, que equivale a TRES (3) AÑOS Y TRES (03) MESES, siempre y cuando el penado se encuentre intramuros, es decir, en fe.....