El penado JOSÉ AUDÓN CASTILLO RAMÍREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.975.995, le procede; previa verificación de los requisitos de Ley:
Destacamento de Trabajo: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar al beneficio al transcurrir UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES, DIECIOCHO (18) DÍAS Y DIECIOCHO (18) HORAS, es decir, en fecha 19-04-2008 A LAS 18 HORAS.
Régimen Abierto: La tercera parte de la pena, al transcurrir DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES Y CINCO (05) DÍAS, es decir, en fecha 05-12-2008.
Libertad Condicional: Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, al transcurrir CINCO (05) AÑOS Y DIEZ (10) DÍAS, es decir, en fecha, 30-05-2011
La Gracia de Conmutación de pena (CONFINAMIENTO), podrá ser solicitada por el referido penado, una vez que el mismo hayan cumplido las tres cuartas partes de la pena, que equivale a CINCO (5) AÑOS, SIETE (07) MESES, VEINTISÉIS (26) DÍAS Y SEIS (06) HORAS, siempre y cuando el ut-supra penad.....