Visto el computo realizado por este tribunal en fecha 13-04-2007 del penado MUÑOZ SOTO JUAN JOSE titular de la cédula de identidad N° 13.422.498, en el que se establece una pena de TRES AÑOS la cual fue culminado asi como la pena accesoria de sujeción a la vigilancia en consecuencia este tribunal en uso de sus atribuciones legales declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL POR EL CUMPLIMIENTO DE LA DE LA CONDENA, en consecuencia la LIBERTAD PLENA de la mencionada ciudadana y se acuerda oficiar Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y a la Oficina Nacional De Identificación y Extranjería y por ultimo la remisión del presente expediente a la División de Archivos Judiciales de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Remítase en la debida oportunidad. CÚMPLASE.
EL JUEZ-