DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir, Un (01) año y Seis (06) meses, que cumplirá el 10-09-2007.
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando cumpla una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir, Un (01) Año y Ocho (08) meses, que cumplirá en fecha 10-02-2008.
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando cumpla las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, Tres (03) años y Cuatro (04) meses, que cumplirá en fecha 03-10-2009.
CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, Tres (03) años y Nueve (09) meses, que cumplirá en fecha 03-03-2010.
Igualmente la penada, quedo condenada a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 ejusdem, las cuales son:
Inhabilitación Política: Durante el tiempo de la condena, es decir hasta el 10/06/2012, y según lo dispone el artículo 24 del Código Penal, consiste en la privación de los cargos o empleos públicos que tenga el penado y la incapacidad.....