Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SEXTO (6°) EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano ARELLANO CONTRERAS OMAR ANTONIO, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105, del Código Penal, en relación con los artículos 479 numeral 1 y 497 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento total de la condena, en cuanto al delito por el cual fue condenado en la presente causa y como consecuencia de ello, se ordena la LIBERTAD PLENA del mismo.
Regístrese, diarícese, déjese copia, y notifíquese a las partes de la presente decisión; así mismo, líbrense oficios dirigidos a la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, a la Oficina Central de P.....